Santo Domingo. – La Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió este domingo que la Oficina Nacional de la Defensa Pública (ONDP) debe representar legalmente a las personas jurídicas, es decir, a las empresas, cuando estas lo requieran en procesos penales y no cuenten con recursos para contratar abogados.
La decisión de la Segunda Sala de la SCJ, integrada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena (presidente), Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y Francisco Antonio Ortega Polanco, pone fin a una disputa judicial que el Ministerio Público venía sosteniendo desde 2021 con la ONDP.
Según explicó el Ministerio Público, la controversia inició cuando el director de la Defensoría Pública, Rodolfo Santos, emitió una instrucción interna prohibiendo a los defensores públicos otorgar representación a empresas u otras organizaciones, alegando que la institución solo estaba destinada a personas físicas de bajos recursos.
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La SCJ, sin embargo, concluyó que no existe impedimento legal para que la Defensoría represente a personas jurídicas, citando los artículos 393, 399 y 425 del Código Procesal Penal, que definen los mecanismos de defensa y apelación dentro del marco penal.
Con esta sentencia, el Ministerio Público considera que se cierra una prolongada batalla legal y se garantiza que las empresas sin capacidad económica para costear una defensa privada puedan acceder a representación legal gratuita, como ocurre con las personas físicas imputadas.







