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Autor del caso Llenas Aybar queda en libertad este 5 de mayo tras cumplir 30 años de prisión

El caso considerado como “el crimen del siglo”, escaló en medios nacionales e internacionales por la gravedad del crimen y la consternación que generó el mismo

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SANTO DOMINGO.- Este martes 5 de mayo, tras 30 años de condena sale en libertad Mario José Redondo Llenas, el autor del horrendo crimen que estremeció a República Dominicana en 1996.

El caso considerado como “el crimen del siglo”, escaló en medios nacionales e internacionales por la gravedad del crimen y la consternación que generó el mismo.

De acuerdo con el orden cronológico del hecho, todo inició el 3 de mayo de 1996 con la desaparición del niño José Rafael Llenas Aybar, de 12 años, quien supuestamente engañado por su primo Redondo Llenas salió de su residencia en Santo Domingo para una supuesta exhibición de motocicletas, según informó la madre del menor, Ileana Aybar, quien habría sido contactada por el matador para “pedirle permiso”.

La madre explicó que más tarde el joven le informó que dejó al niño en una plaza con unos amigos, pero que le pareció extraño porque su hijo no acostumbraba a salir solo.

Redondo Llenas, junto a su amigo Juan Manuel Moliné Rodríguez, lo secuestró y lo mantuvo retenido dentro de un vehículo.

Según testimonios, ambos permanecieron con el menor dando vueltas por varias horas, sin saber qué harían con el mismo.

Ese mismo día, Llenas Aybar fue atado, amordazado y finalmente asesinado de 34 puñaladas por su primo, un acto considerado de extrema violencia y lanzado al arroyo Lebrón, en Pedro Brand.

Proceso judicial

El 4 de mayo el menor fue hallado en el referido arroyo, envuelto en cinta adhesiva, dando paso a la investigación judicial iniciada el 5 de mayo, cuando fueron arrestados los dos hombres.

Entre mayo y junio, el caso adquiere una enorme cobertura mediática, por la brutalidad del crimen y la relación familiar entre la víctima y victimario.

La investigación experimentó diversas situaciones, como contaminación de la escena del crimen, pérdida de evidencias, como ropa y objetos, y una autopsia realizada en condiciones inadecuadas.

Entre 1996 y 1997 se inició uno de los juicios más seguidos en la historia del país, donde incluso surgieron presuntas menciones de culpabilidad contra Luis Ángel Palma de la Calzada y Martín Ángel Palma Meccia, familiares de la entonces embajadora de Argentina, pero lograron evitar el proceso judicial amparados en la inmunidad diplomática.

En enero de 1997, Redondo Llenas y Moliné Rodríguez fueron condenados a 30 años de prisión por asesinato premeditado.

Dos años más tarde, en 1999, la pena de Moliné Rodríguez fue reducida a 20 años, al considerarlo coautor del crimen.

Siete años después, el 26 de septiembre de 2006, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia dejó como definitiva la condena de 30 años contra Mario José Redondo Llenas y de 20 años contra Juan Manuel Moliné Rodríguez. Asimismo, se ordenó el pago de una indemnización de RD$5 millones a cada uno de los padres del menor.

Moliné Rodríguez, en 2007 y 2009 solicitó libertad condicional, pero la misma fue rechazada en ambas ocasiones.

En esa misma línea, en noviembre de 2013, la jueza de la Ejecución de la Pena de San Pedro de Macorís, Altagracia Esther Mejía negó la libertad condicional a Redondo Llenas.

Pasados 20 años del hecho, el 5 de mayo de 2016, Moliné Rodríguez salió de prisión, momento que aprovechó para pedir perdón públicamente a la familia y a la sociedad por el asesinato del menor.

En 2019, se gradúa de Derecho tras haber iniciado a estudiar la licenciatura en prisión.

Salida de Redondo Llenas

Este martes el país espera la salida de Redondo Llenas, mientras expertos advierten “los desafíos” en la reinserción de este en la sociedad.

El abogado y médico nefrólogo e internista, Juan José Pérez Díaz explicó que la salida del condenado reabre el debate sobre la reinserción social en casos de alto impacto.

Pérez Díaz señaló que aunque la condena ya fue cumplida desde el punto de vista legal, el enfoque actual debe centrarse en las condiciones psicológicas del individuo y en su capacidad real de reintegrarse a la sociedad sin riesgo de reincidencia.

“No solamente es la sentencia condenatoria para este reo, sino sencillamente que ya la cumplió, perfecto, pero que la haya cumplido no implica el hecho de que psicológicamente esté curado”, afirmó.

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