Santo Domingo.– El Gobierno dominicano emitió una nueva resolución que establece un estándar para los procedimientos de inclusión y permanencia de los servidores públicos en la nómina de prepensión del Estado.
La medida es resultado de un acuerdo conjunto entre el Ministerio de Administración Pública (MAP), la Superintendencia de Pensiones (Sipen) y la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), y se basa en las leyes 379-81 y 41-08.
La normativa establece los requisitos mínimos obligatorios que deben cumplir los servidores públicos para ser incluidos o permanecer en la nómina de prepensión. Asimismo, define el proceso para el otorgamiento de pensiones automáticas, con el objetivo de eliminar trabas y garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos por ley.
La resolución, firmada por el ministro del MAP, Sigmund Freund; el superintendente de Pensiones, Francisco Torres Díaz; y el director general de la DGJP, Juan Rosa, establece que todas las instituciones públicas deberán integrar estos requerimientos en sus procedimientos internos en un plazo no mayor de 30 días hábiles.
Freund explicó que esta disposición permitirá agilizar y clarificar los trámites de pensión, favoreciendo tanto al servidor público como a la eficiencia de la gestión pública. “Era urgente resolver el estancamiento causado por vacíos normativos, que en ocasiones provocan que un servidor espere meses por su pensión, incluso por responsabilidades del propio Estado o por desconocimiento del proceso”, señaló.
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De su lado, el superintendente de Pensiones afirmó que esta resolución representa un avance significativo en la administración de las pensiones estatales. “Establece protocolos claros, plazos definidos y una coordinación efectiva entre instituciones, lo que garantizará un proceso más justo y eficiente”, expresó Torres Díaz.
Mientras, Juan Rosa destacó que se trata de un ejemplo de coordinación interinstitucional y compromiso con la dignidad de los servidores públicos. “Los procedimientos serán más claros y justos, eliminando obstáculos innecesarios y asegurando que cada trabajador reciba su pensión en el tiempo correspondiente”, dijo.
Requisitos y responsabilidades
Entre los requerimientos para ser incluido en la nómina de prepensión se encuentran: la solicitud de pensión debidamente firmada, certificaciones laborales que avalen los años de servicio, constancia de que el servidor pertenece al sistema de Reparto Estatal y, si aplica, la solicitud de retorno desde una Cuenta de Capitalización Individual (CCI) hacia dicho sistema.
Los empleados públicos tendrán un plazo de 60 días calendario para completar estos requisitos, y podrán solicitar una prórroga de 30 días adicionales al MAP si presentan justificación válida. Las oficinas de Recursos Humanos deberán facilitar y archivar toda la documentación correspondiente.
Además, cada institución deberá implementar mecanismos para registrar el tiempo de servicio de sus colaboradores desde su ingreso, incluyendo alertas en sus sistemas informáticos que permitan dar seguimiento al cumplimiento de los plazos para pensión establecidos por la Ley 379-81 (20, 30 o 35 años de servicio, según corresponda).
Derecho al retiro
La resolución también reitera que la jubilación es automática al cumplirse 30 años de servicios con 60 años de edad, o 35 años de servicio sin importar la edad. Para ello, el servidor debe entregar toda la documentación requerida ante su institución. El trámite no se considerará iniciado hasta tanto no se depositen todos los documentos exigidos.
Asimismo, Recursos Humanos está en la obligación de recibir las solicitudes de pensión, responder por escrito cualquier observación y archivar toda la comunicación en el expediente del colaborador para fines de auditoría.
Con esta resolución, el Estado busca garantizar una gestión de pensiones más transparente, eficiente y respetuosa de los derechos adquiridos de los servidores públicos dominicanos.











