martes, octubre 15, 2024

Diputados declaran de urgencia y convierten en ley proyecto reformaría Constitución

Santo Domingo. En ausencia de la oposición, la Cámara de Diputados declaró de urgencia, aprobó en dos lecturas consecutivas y convirtió en ley el proyecto que declara la necesidad de la reforma constitucional sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional el pasado 19 de agosto.

La pieza pasará al Ejecutivo para su promulgación, quien no podrá observarla; la misma contó con el voto favorable de sólo los diputados oficialistas, 136 votos; los legisladores de la oposición se marcharon de la sesión previo a la votación de la iniciativa en rechazo a la misma, pero esto no afectó los trabajos parlamentarios, ya que se mantuvo el quórum.

A solicitud del vocero del bloque de diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Rogelio Genao Lanza, los oficialistas acogieron la declaratoria de urgencia. En la sesión extraordinaria del Senado realizada el pasado viernes la pieza se sanciono con la misma rapidez que hoy.

La oposición

Gustavo Sánchez, Rafael Castillo y Elías Wessin, voceros de los bloques de diputados de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Fuerza del Pueblo (FP) y Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC)-Revolucionario Dominicano (PRD), respectivamente, rechazaron la legislación y anunciaron que abandonarían el hemiciclo.

La Ley aprobada tiene por objeto declarar la necesidad de la reforma a la Carta Magna, para modificar los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268, 274 de la Constitución, y agregar una disposición general como artículo 278, así como revisar y añadir disposiciones transitorias.

La pieza se depositó el pasado 19 de agosto y se estudió por una comisión bicameral por alrededor de un mes; el equipo integrado por nueve senadores y 18 diputados realizó siete reuniones.

Informe disidente y moción

Previo a la votación del proyecto que declara la necesidad de la reforma constitucional, los diputados del PLD Danilo Díaz y Ramón Mayobanex Martínez presentaron un informe disidente contra el documento legislativo, en el que señalan que la reforma constitucional no es necesaria. El informe se objeto por los legisladores del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados, con 135 noes.

Los oficialistas también rechazaron, con 137 votos, la moción del diputado de Fuerza del Pueblo (FP) Tobías Crespo de que no se tome en consideración el proyecto de ley y se remita al Senado, por violarse dos procedimientos en la Cámara Alta.

¿Y ahora?

La Ley que declara la necesidad de la reforma constitucional se promulgara por el Poder Ejecutivo.

Luego que la Ley se publique, se ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora (con más de la mitad de los senadores y diputados), que deberá sesionar dentro de los 15 días siguientes. Al respecto, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, recordó ayer que cuando la ley se promulgue por el Ejecutivo, se hará la convocatoria “con no menos de 48 horas de anticipación”.

En las reuniones de la Asamblea, se hacen los debates y discusiones de la reforma constitucional. Las decisiones se toman por la mayoría de las dos terceras partes de los votos.

Las modificaciones a la Carta se conoceran y votadas en dos discusiones distintas, separadas por un tiempo de no menos de cinco días calendario. Concluido este proceso, el presidente de la Asamblea Nacional (presidente del Senado) agendará un día y hora para proclamar la reforma (llamada “proclama constitucional”).

El acto se hará en el salón de la Asamblea, donde se leerá el texto completo de la Constitución modificada. Al comenzar y concluir la proclama del texto de la Carta Magna, se deberán disparar salvas de 21 cañonazos, de acuerdo con el párrafo I del artículo 74 del reglamento para la Asamblea Nacional.

Una vez votada y proclamada la reforma constitucional por la Asamblea Nacional Revisora, se publicará de manera íntegra con los textos reformados.

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