SANTO DOMINGO.- El director del Instituto Nacional de Protección al Consumidor (Pro Consumidor), Eddy Alcántara, afirmó que la sentencia TC/0723/24 aprobada por el Tribunal Constitucional (TC) ratifica y fortalece la potestad sancionadora de la institución que defiende los derechos de las personas consumidoras.
Dijo que el TC declaró conforme a la Constitución los artículos 17.j), 23, 31.j), 42, 112 y 117 de la Ley número 358-05, general de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario del nueve de noviembre del 2005.
Informó, además, que la sentencia ordenó al Congreso Nacional abocarse en lo inmediato a la modificación de la ley 358-05, para que no quede sujeta a interpretación la facultad sancionadora que ese tribunal ha reconocido y retenido mediante la decisión conocida.
“Las atribuciones conferidas a la dirección ejecutiva de Pro Consumidor y al Consejo quedaron ratificadas mediante esta decisión”, afirmó Alcántara.
El funcionario manifestó que ProConsumidor seguirá actuando apegado a la ley, la norma y fortaleciendo sus atribuciones que le confiere la sentencia, al tiempo que lamentó que juristas interesados “se presten al rumor público de malinterpretar la decisión, interés y voluntad de los magistrados de ese alto tribunal de República Dominicana”.
Alcántara agradeció a los jueces del Tribunal Constitucional por el interés de garantizar y aclarar que la protección de los derechos del consumidor, “se sobrepone a cualquier interés particular de quienes procuren malinterpretando la decisión, afectar a los consumidores y timarlo en sus derechos”.
“Las interpretaciones antojadizas de sectores interesados en triturar las atribuciones de la institución que protege los derechos del consumidor por intereses particulares, no dan espacio a la duda de que el deseo que prima en ellos es dejar desprotegidos a los dominicanos de los derechos conferidos por la normativa 358-05”, manifestó.
Garantizó que la actual dirección de Pro Consumidor seguirá trabajando para proteger los derechos de los dominicanos, de la misma manera que lo ha venido haciendo desde el 22 de marzo del año 2021, cuando asumió la responsabilidad de hacer cumplir la ley a favor de las personas consumidoras del país.
“Exhortar al Congreso Nacional para que legisle en el sentido de producir una reforma integral del régimen de responsabilidades y sanciones administrativas previstas en la Ley número 358-05, general de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, especialmente para que contenga la habilitación clara, expresa e inequívoca”, sostiene la sentencia en su tercer párrafo.
Alcántará, abogado de profesión, invitó a los interesados a interpretar correctamente la disposición de esa alta corte cuando estableció: “rechaza las acciones directas de inconstitucionalidad en lo relativo a los artículos 17.j), 23, 31.j), 42, 112 y 117 de la Ley núm.358-05, general de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario y, en consecuencia, declara dichas disposiciones conforme con la Constitución, por no contravenir los artículos 40.15, 40.17, 110 y 138 de la Constitución”.