SANTO DOMINGO, RD.- La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que dejó sin efecto los artículos que penalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas ha generado opiniones encontradas entre ciudadanos consultados por Multimedios Su Mundo.
Mediante la resolución TC/1225/25, el tribunal anuló el artículo 210 de la Ley 285, correspondiente al Código de Justicia de la Policía Nacional, así como el artículo 260 de la Ley 3483, que regula el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas.
Ambas disposiciones establecían sanciones disciplinarias y penales para los agentes o militares que mantuvieran relaciones homosexuales.
Para algunos ciudadanos, la decisión representa “un avance en materia de derechos humanos”, al considerar que las regulaciones anuladas eran discriminatorias y contrarias a la Constitución.
Sin embargo, otros entienden que la medida podría “afectar la disciplina interna” de los cuerpos castrenses y consideran que el tema debió ser evaluado con mayor profundidad.
Mientras tanto, sectores sociales y organizaciones defensoras de derechos fundamentales saludaron el veredicto, señalando que la anulación corrige normas que por años fueron criticadas por vulnerar derechos individuales.
En contraste, grupos conservadores expresaron su preocupación por lo que consideran “un cambio abrupto” en las reglas institucionales.
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La sentencia del TC surte efectos inmediatamente y ordena a las instituciones involucradas actualizar sus normativas internas en consonancia con la Constitución.







