viernes, febrero 7, 2025

JCE | Estos serán los topes de gastos en campaña electoral por partidos

La Junta Central Electoral declaró este viernes abierto el período de campaña electoral, dispuso el tope de gastos para las candidaturas y estableció los límites de los montos de las contribuciones individuales realizadas por particulares a los candidatos y candidatas a los cargos de elección popular para las elecciones ordinarias generales de los niveles presidencial, senatorial y de diputaciones del 19 de mayo de 2024.

El organismo también declaró abierto el proceso electoral en las ciudades que integran las tres Circunscripciones Electorales del Exterior, dispuestas en el artículo 120 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, donde han sido empadronados los ciudadanos y ciudadanas dominicanas con derecho al sufragio, en estos últimos casos siempre sujeto al ordenamiento jurídico de los respectivos Estados.

De igual modo convocó a todas los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos y a los ciudadanos aptos para ejercer el sufragio, a concurrir y votar en las elecciones de mayo en horario de 7: 00a.ma 5:00p.m.

Así como para elegir a los representantes ante los parlamentos internacionales (Diputados Representantes ante el Parlamento Centroamericano. PARLACEN), que ejercerán sus funciones durante el periodo constitucional que se inicia el dieciséis de agosto del presente año.

Sobre los límites de gastos de los candidatos/as

Presidenciales:

Ciento veintidós punto cincuenta pesos dominicanos (RD$12
por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel n
I nacional

Congresuales:

Ciento cinco pesos dominicanos (RD$105.00) por electores hábiles
inscritos en el Registro Electoral a nivel de la provincia o circunscripción
correspondiente:

Municipales:
Ochenta y siete punto sincuenta pesos dominicanos (87.50) para alcaldes y directores
de distritos municipales, cuarenta y tres punto setenta y cinco pesos dominicanos (RD$43.75) para regidores y vocales, por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral de la demarcación correspondiente

 Distritos municipales con menos de cinco mil electores inscritos en el padrón:

Director, ciento cincuenta pesos dominicanos (RD$150.00) por electores hábiles
inscritos en el Registro Electoral de la demarcación correspondiente.

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