jueves, mayo 16, 2024

Junta Central Electoral celebra 100 años con logros y tropiezos

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Santo Domingo. – Los primeros 100 años de vida de la Junta Central Electoral (JCE) han transcurrido con logros, tropiezos, reformas legales, y crisis.

Fue fundada el 12 de abril del 1923, la Constitución, en el artículo 212 la define como un “órgano autónomo, con personalidad jurídica e independencia técnica, administrativa, presupuestaria y financiera”.

Su mayor responsabilidad es organizar y dirigir las asambleas electorales, siendo ahora los comicios del 2024 el principal desafío del Pleno que asumió en el 2020, que preside Román Jáquez Liranzo y completan Samir Chami Isa, Dolores Fernández, Patricia Lorenzo y Rafael Vallejo Santelices.

Este proceso se desarrollará tras una reforma legal, que impactó no solo el aspecto electoral, sino también el registro civil, porque, además de la organización de las elecciones, tiene a su cargo el registro civil y la cédula de identidad y electoral.

El 18 de enero fue promulgada la ley 4-23, orgánica de los actos del estado civil, y el 17 de febrero, la ley 20-23, orgánica de régimen electoral.

La más reciente crisis de la JCE ocurrió en el 2020, con la suspensión de las elecciones municipales pautadas para el 16 de febrero, debido al fallo de los equipos del voto automatizado que pretendía estrenar.  Los comicios fueron celebrados el 15 de marzo.

Ese mismo año tuvo otro contratiempo, con la posposición de las elecciones del nivel presidencial y congresual, del 18 de mayo, a causa de fuerza mayor, por la pandemia de Covid 19. Fueron realizadas el 5 de julio.

A partir del 2000 se han logrado avances, aunque no han faltado denuncias de irregularidades por parte de los partidos políticos.

En el 2002,  hubo una  reforma de la ley electoral,  que incluyó la división de la JCE en dos cámaras, una administrativa y otra contenciosa, elevando la matrícula del Pleno a  9 miembros.

Ese sistema imperó hasta la modificación constitucional del 2010, que creó el Tribunal Superior Electoral (TSE), para juzgar   los asuntos contenciosos electorales y los conflictos en los partidos.

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