SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados aprobó este sábado, en una sesión extraordinaria, en primera discusión, el proyecto de ley que modifica varias disposiciones de la Ley 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana.
El pleno aprobó la modificación de varios artículos, entre los cuales destacan: el artículo 8, que versa sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el artículo 11, sobre la extensión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el 121 sobre el hostigamiento, 122, hostigamiento agravado, 123, Hostigamiento cibernético, 124, violencia doméstica o intrafamiliar, 141, plazo de prescripción, 144, acoso agravado, 176, proxenetismo y 177, proxenetismo agravado.
Esta revisión legislativa introduce cambios en el régimen de consecuencias de la normativa, destacándose la reducción de las penas por los delitos de difamación y perjurio, así como una reestructuración conceptual completa en la tipificación del hostigamiento y los delitos en el entorno digital, entre otros.
En el ámbito de las plataformas digitales y la privacidad, la reforma del artículo 192 delimita la persecución de la difusión de imágenes o audios sin consentimiento previo. De acuerdo con lo aprobado por los legisladores, estas conductas solo serán objeto de sanción penal si ocurren estrictamente dentro de la esfera privada o en contextos donde exista una expectativa razonable de discrecionalidad.
Asimismo, el texto modificado suprime las sanciones correspondientes a los casos en que los contenidos falsificados sean elaborados mediante técnicas de montaje, incrementando la pena mínima a quince días y manteniendo el límite máximo en un año de prisión.
Por otra parte, el ejercicio de la comunicación y el debate público recibieron modificaciones orientadas a su despenalización parcial. Con la reforma propuesta al artículo 208, la pena por difamación experimentaría una reducción, pasando de su rango actual de dos a cinco años a un nuevo límite de uno a dos años de privación de libertad; la misma disposición aclara de forma explícita que esta sanción quedará sin efecto cuando las declaraciones se registren en medios de comunicación tradicionales, transmisiones en vivo (streaming) o en el ciberespacio.
Estas fueron parte de las modificaciones realizadas en el día de ayer al código penal.
Segunda lectura será el próximo lunes
La segunda lectura prevista para el lunes será decisiva porque permitirá confirmar si el texto aprobado en primera lectura mantiene las 32 modificaciones o si se introducen nuevos ajustes durante el debate.
Entre los temas que han generado mayor atención pública figuran los artículos relacionados con libertad de expresión y difusión de contenidos, la responsabilidad penal del personal médico, el alcance de la responsabilidad penal de las empresas, los delitos vinculados a plataformas digitales y las sanciones asociadas a nuevas formas de criminalidad.
El proceso legislativo también ocurre luego de que gremios, juristas, médicos, comunicadores, representantes empresariales y organizaciones sociales pidieran revisar el texto antes de su aplicación.
Con la aprobación en primera lectura, la Cámara de Diputados deja la reforma en una fase crítica. La sesión del lunes definirá si el paquete de modificaciones queda listo para avanzar en el Congreso antes del 3 de agosto o si el calendario legislativo obliga a nuevas negociaciones de último momento.








