viernes, abril 18, 2025

MP en Caso Calamar: imputados utilizaron la administración pública desfalcar al Estado

REPÚBLICA DOMINICANA (Santo Domingo).– Los imputados por el Ministerio Público en el Caso Calamar aprovecharon los conocimientos que tenían sobre el manejo de la administración pública para violentar sus procedimientos y cometer ilícitos penales al estafar y desfalcar al Estado dominicano.

Así lo detalla el expediente de solicitud de medida de coerción depositado por el órgano acusador la noche del lunes, en contra los exministros Gonzalo Castillo, Donald Guerrero, José Ramón Peralta y otros 17 implicados en la Operación Calamar.

Asimismo, el documento aclara que los acusados identificaban bienes que declararon de utilidad pública y a cuyos dueños no se les había realizado el pago del justo precio, logrando que el Estado dominicano erogara fondos en base a maniobras fraudulentas, fondos que retornaban y se traducían en grandes beneficios económicos para los funcionarios públicos y particulares que formaban parte de la referida organización criminal.

“Crearon un esquema que incluía la participación de profesionales en ejercicio privado que tenían la función de tramitar los procesos judiciales y administrativos de determinación de herederos irregulares, obtención de duplicados de títulos, constancias anotadas, determinación de justo precio y avalúo en tiempo récord, a fin de crear las condiciones para obtener ganancias ilícitas”.

Los acusados falsearon documentos públicos

Además, afirman que los acusados de corrupción falsearon documentos públicos, como actos de notoriedad, con el fin de excluir herederos, a los que afectaron sus derechos fundamentales.

“Emitían avalúos para el pago fraudulento de parcelas expropiadas sin los debidos soportes técnicos ni los registros correspondientes”.

Asimismo, resaltaron que obtenían los pagos sin cumplir mínimamente con los requisitos exigidos para los procedimientos de pago.

“Realizaron pagos de expropiaciones de terrenos empleando manejos fraudulentos, es decir, sin acreditarse previamente la calidad de los reclamantes, con expedientes incompletos por ausencia de actas del estado civil, certificados de títulos y constancias anotadas, ausencia de pago de impuestos sucesorales, entre otros”.

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