Panamá.– El exhibicionismo con fines lascivos será castigado con penas de entre 2 y 4 años de prisión en Panamá, según establece la nueva legislación sancionada por el presidente José Raúl Mulino.
La norma, correspondiente a la Ley 521 de 2026, endurece las sanciones cuando estos actos ocurren en lugares sensibles como escuelas, hospitales, iglesias o medios de transporte público.
Además, contempla penas más severas de 3 a 6 años de cárcel si el exhibicionismo se realiza en presencia de menores de edad, con el objetivo de reforzar la protección de niños y adolescentes frente a este tipo de conductas.
La ley también precisa que no habrá sanciones cuando este tipo de exhibiciones se lleven a cabo en establecimientos para adultos debidamente autorizados, siempre que se realicen en espacios designados, con los permisos correspondientes y el consentimiento de los presentes, evitando la exposición a personas no involucradas.
Como parte de su implementación, el Ministerio de Seguridad Pública de Panamá, en conjunto con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Social, desarrollará campañas de prevención y sensibilización dirigidas a fomentar la denuncia y evitar estos comportamientos.
Las autoridades explicaron que esta legislación busca tipificar de manera clara el delito de exhibicionismo, definiéndolo como cualquier conducta de carácter sexual realizada con el propósito de excitación o satisfacción, que implique la exposición de genitales u otros actos similares en espacios públicos.
La medida surge en medio de preocupaciones por casos recientes reportados en comunidades del país, y forma parte de un esfuerzo más amplio por fortalecer el marco legal y garantizar la convivencia y seguridad ciudadana.











