SANTO DOMINGO, RD.- En el Senado de la República Dominicana, cursa un proyecto de ley depositado, por el senador Alexis Victoria Yeb, el cual en caso de ser aprobado dispondría de diversas penas de prisión que podrían llegar hasta a 12 años según la gravedad del caso.
Este proyecto busca combatir a las personas, los grupos, asociaciones y carteles dedicados al despojo ilegal de propiedades y a la violación, invasión y ocupación de propiedades públicas y privadas, para despojar a sus verdaderos dueños, ya que traería severas penas contra sus autores y cómplices con multas de 100 a 150 salarios mínimos.
Según relata el abogado Cesar Amadeo Peralta, crear esta norma viene dado por la existencia de rrobos de tierras privadas y del estado, así como los falsificadores de documentos que consiguen deslindar y traspasarse propiedades sin que sus verdaderos dueños lo sepan y luego hasta ocuparlas y venderlas estafando a otros, con pocas consecuencias legales.
Amadeo Peralta, expresó además que esto ocurre más aún por el valor que han tomado las propiedades en la República Dominicana, sobre todo las ubicadas en zonas turísticas, c y que han llevado a que durante años la seguridad jurídica sea una mentira en el ordenamiento legal, lo que ha ahuyentado las inversiones privadas y extranjeras.
En su artículo 9, el proyecto de ley establece lo siguiente: Transferencia ilícita de propiedad inmobiliaria.
“Quien intentare o lograre transferir el derecho de propiedad de una persona física o jurídica sobre inmuebles, públicos o privados, adulterando, falsificando o haciendo uso de documentos adulterados o falsificados que avalen la calidad de propietario, o a través de cualquier otra maniobra fraudulenta, será sancionado con penas de 4 a 8 años de prisión y multa de 50 a 80 salarios mínimos”.
A los cómplices del delito establecido en este artículo se les impondrá la pena de 2 a 3 años de prisión y multas de 20 a 40 salarios mínimos.
Si la transferencia ilícita se tratase de un inmueble incautado, secuestrado o decomisado, en el curso de un proceso penal o de extinción de dominio, a los autores se les impondrá una pena de 5 a 10 años de prisión y multas de 50 a 100 salarios mínimos.
Este proyecto de ley traerá de manera detallada la figura “del autor mediato”, a quien se le impondrá la sanción de hasta 12 años de prisión, ya que en su artículo 11, lo define de la manera siguiente:
El que organice, capte o financie a una o varias personas para que violente, dañe o destruya, invada, ocupe o transfiera de manera ilegal una propiedad inmobiliaria pública o privada, para obtener un beneficio de cualquier naturaleza, será sancionado con una pena de 4 a 10 años de prisión y multas de 50 a 100 salarios mínimos.
Cuando se trate de bienes secuestrados, incautados o decomisados, el autor mediato será sancionado con una pena de 5 a 12 años de prisión y multas de 100 a 150 salarios mínimos.











