Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo varias acciones directas de inconstitucionalidad este jueves, tras escuchar en audiencia pública los alegatos de representantes de instituciones y ciudadanos que impugnaron diferentes normativas, incluyendo la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Entre los recursos conocidos figura uno interpuesto por Evaristy Jesús Jiménez Reyes, quien argumentó que dicha ley debió ser aprobada como ley orgánica, y no ordinaria, lo que habría requerido una mayoría calificada en el Congreso Nacional conforme al artículo 112 de la Constitución. Jiménez pidió que se declare la inconstitucionalidad total de la ley por considerar viciado su proceso de aprobación.
Sin embargo, abogados de la Cámara de Diputados y del Senado defendieron el procedimiento legislativo y solicitaron al TC declarar inadmisible el recurso. La representante de la Procuraduría General de la República (PGR), Fior Daliza Alduey Mercedes, también rechazó la acción, señalando que el accionante no presentó pruebas suficientes para desacreditar la presunción de constitucionalidad.
Prescripción y plazos penales
Otra acción presentada por Miguel Valdemar Díaz Salazar y Shesnel Alejandro Calcaño Mena busca que el TC establezca criterios unificados y precisos sobre la prescripción de la acción penal. Alegan que actualmente hay disparidades entre tribunales en la interpretación del inicio y duración de los plazos, lo que, según ellos, viola el principio del plazo razonable para los ciudadanos.
Calcaño explicó que mientras algunos procesos se extinguen por prescripción en cuestión de días, otros se extienden por años, sin una base jurídica clara. Solicitó a la alta corte una sentencia que defina con exactitud cuándo comienza el plazo de prescripción, cuáles hechos lo activan y cuándo se considera vencido.
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No obstante, el Congreso argumentó que la Ley 10-15, que modificó el Código Procesal Penal y que regula estos plazos, ya fue declarada inconstitucional, por lo que el nuevo recurso caería en el ámbito de la cosa juzgada.
Tope al arresto domiciliario
Asimismo, Mártires Rosario Reyes y Luis Alfredo Astacio Polanco solicitaron al TC que se establezca un límite de 12 meses al arresto domiciliario, igual al que rige para la prisión preventiva según el artículo 241 del Código Procesal Penal. Su abogado, Jorge Luis Vargas Peña, argumentó que actualmente el arresto domiciliario carece de un límite claro y puede extenderse hasta cuatro años, en detrimento de los derechos del imputado.
“La prisión preventiva tiene un tope de 12 meses, pero si te envían a arresto domiciliario puedes durar todo el proceso sin límite alguno”, expresó Vargas Peña.
Otros recursos y aplazamientos
Durante la audiencia también se conocieron otras siete acciones de inconstitucionalidad. Uno de los casos fue aplazado: la acción presentada por la Asociación Dominicana de Protección de Datos (ADPD) contra el artículo 56, literal A, de la Ley Monetaria y Financiera 183-02. El TC acogió una solicitud de la PGR para que se requiera un informe técnico a la Superintendencia de Bancos y a la Junta Monetaria antes de decidir sobre el fondo del caso.
La audiencia fue presidida por Napoleón Ricardo Estévez Lavandier, titular del Tribunal Constitucional, acompañado de los magistrados Domingo Gil, Fidias Aristy Payano, Sonia Díaz Inoa, Alba Luisa Beard Marcos, José Alejandro Ayuso, María del Carmen Santana de Cabrera, Army Ferreira y Amaury Reyes Torres.








