Santo Domingo.– El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Vidal Potentini, afirmó este miércoles que el nuevo Código Procesal Penal no será impugnado de manera integral, al asegurar que su aprobación se realizó conforme a los fundamentos constitucionales que rigen el sistema jurídico dominicano.
“Este código se ha aprobado con todo el fundamento constitucional en relación al proceso. No va a ser desterrado ni sacado del sistema jurídico en su totalidad”, expresó Potentini durante una entrevista en el programa Matutino Su Mundo.
No obstante, explicó que sí podrían ser objetados artículos específicos ante el Tribunal Constitucional, ya sea a través de acciones directas de inconstitucionalidad o mediante excepciones aplicables a casos concretos, cuando alguna disposición no se corresponda con el mandato constitucional.
Acciones de inconstitucionalidad serían parciales
El jurista adelantó que en los próximos días podrán presentarse acciones de inconstitucionalidad, pero aclaró que estas no estarían dirigidas contra el código en su conjunto, sino contra aspectos puntuales. A diferencia del Código Penal, cuya entrada en vigencia fue pospuesta hasta agosto de 2026, el Código Procesal Penal ya se encuentra plenamente vigente, lo que limita la posibilidad de enmiendas legislativas.
“Las leyes procesales entran en vigencia inmediatamente tras su promulgación”, recordó, citando jurisprudencia reiterada del Tribunal Constitucional.
Aplicación al caso SeNaSa
Potentini abordó el impacto del nuevo código en el caso SeNaSa, señalando que, aunque las normas procesales se aplican de forma inmediata, existen aspectos sustantivos consolidados que deben regirse por el principio de favorabilidad y por el marco legal vigente al momento de iniciarse el proceso.
Como ejemplo citó la duración máxima de los plazos procesales, que bajo el código anterior era de cuatro años y que el nuevo texto amplía hasta cinco. A su juicio, estos elementos deberán ser objeto de debate jurídico en el desarrollo del proceso.
Acuerdos y transparencia
Sobre la posibilidad de acuerdos judiciales en el caso de corrupción, el presidente del CARD consideró prematuro afirmar que estos se estén gestando, al entender que el proceso aún no ha alcanzado el nivel de avance requerido para ello.
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Sin embargo, reconoció que el nuevo código fortalece la figura de los acuerdos, siempre que estén revestidos de la mayor transparencia posible, cuenten con refrendo judicial y mantengan un equilibrio justo entre el daño causado, la reparación y la devolución de los recursos sustraídos.
Críticas por falta de vacatio legis
Potentini criticó al legislador por no establecer un período de vacatio legis que permitiera una transición ordenada hacia el nuevo Código Procesal Penal, señalando que al menos tres meses de preparación hubiesen sido razonables.
Ante esta situación, informó que el Colegio de Abogados trabaja en una edición impresa y digital del nuevo código, además de una campaña masiva de socialización dirigida a abogados, operadores del sistema y ciudadanía en general.
“Una coma o una preposición puede cambiar totalmente el sentido de una norma”, advirtió, subrayando la urgencia de que el contenido del código sea ampliamente conocido.
Llamado a aplicar la Ley de Extinción de Dominio
Finalmente, Potentini insistió en la necesidad de aplicar de forma efectiva la Ley de Extinción de Dominio, vigente desde 2023, al considerar que existe una inconstitucionalidad por omisión en su falta de implementación.
Explicó que dicha herramienta permitiría recuperar bienes obtenidos ilícitamente, independientemente de los acuerdos penales que puedan suscribirse, ya que se trata de un proceso de naturaleza civil.
“El Poder Judicial y el Ministerio Público deben poner en operatividad esta ley. De lo contrario, cualquier acuerdo quedaría corto frente al daño causado”, concluyó.











