El Gobierno avanza en la discusión de un proyecto de reforma laboral que busca actualizar la Ley de Contrato de Trabajo, con foco en vacaciones, licencias por enfermedad e indemnizaciones. El borrador, que aún no cuenta con consenso de los trabajadores, será elevado al Congreso antes de fin de año como parte del paquete de reformas estructurales impulsado por la administración de Javier Milei.
Vacaciones
El proyecto plantea que las vacaciones anuales deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo acuerdo distinto entre empleador y trabajador. La notificación de inicio deberá realizarse por escrito con al menos 45 días de anticipación, aunque las convenciones colectivas podrán establecer sistemas específicos.
Se permite fraccionar las vacaciones, con tramos mínimos de una semana, y se asegura que cada trabajador pueda gozar de al menos un período de descanso durante la temporada de verano cada tres años. En caso de licencia por enfermedad que interrumpa las vacaciones, el trabajador podrá reincorporarse una vez finalizado el período originalmente previsto o al concluir la licencia médica.
Licencias por enfermedad
El borrador modifica el régimen de licencias por enfermedad o accidente no laboral, estableciendo que el empleador deberá otorgar una prestación dineraria no remunerativa equivalente al 80 % del salario neto, sin aportes a la Seguridad Social salvo para obra social.
La duración dependerá de la antigüedad: hasta cinco años de servicio, la cobertura será de tres meses; más de cinco años, seis meses. Para trabajadores con cargas familiares, los plazos se amplían hasta seis y doce meses, respectivamente. Se contemplan además requisitos específicos para certificados médicos y la exclusión de enfermedades crónicas recurrentes si no se reactivan tras dos años. Suspensiones económicas o disciplinarias no afectarán el derecho a percibir la prestación.
Indemnización por antigüedad
El proyecto redefine la indemnización por despido sin causa. Se establece un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual del último año o período trabajado. No se incluirán pagos semestrales o anuales.
Para trabajadores con salario variable, el cálculo se basará en un promedio de seis meses o un año si resulta más favorable. La indemnización tendrá topes máximos y mínimos: no podrá superar tres veces el salario mensual promedio del convenio aplicable ni ser inferior al 67% del cálculo general, asegurando un mínimo de un mes de sueldo.
Además, se habilita la creación de fondos o sistemas de cese laboral mediante convenio colectivo, que podrán reemplazar totalmente la indemnización por antigüedad, con costos a cargo del empleador.
El borrador busca un marco “más flexible y homogéneo” para fomentar el empleo formal, pero ha generado rechazo en la CGT, que lo considera un retroceso de derechos laborales. Las negociaciones continuarán en el Consejo de Mayo antes de la presentación formal ante el Parlamento.







