Yeni Berenice aclara crear memes, caricaturas o sátiras no constituye delito en nuevo Código Penal

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Santo Domingo.– La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, aclaró este miércoles que la creación o publicación de caricaturas, memes, parodias, sátiras, videos o imágenes con finos periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social no constituyen delito bajo el Código Penal aprobado ni su reforma.

Reynoso explicó que esas expresiones no están tipificadas ni sancionadas con prisión o multa, siempre que sean claramente reconocibles como obras de creación o ficción y no tengan como propósito engañar al público con multas ilícitos ni afectar la integridad de niños, niñas o adolescentes.

El titular del Ministerio Público hizo la precisión mediante un comunicado publicado en su cuenta de la red social X, al considerar necesario contribuir con una correcta interpretación de la legislación penal.

Según se indicó, algunas disposiciones del Código Penal han recibido interpretaciones erradas por parte de sectores con incidencia en la opinión pública, posiblemente sin intención de distorsionar su alcance.

La magistrada recordó que el principio de legalidad penal establece que una acción u omisión solo puede ser sancionada cuando está descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en una ley.

Asimismo, sostuvo que el derecho penal únicamente castiga conductas dolosas o culpables, por lo que no corresponde aplicar interpretaciones extensivas ni analogías en perjuicio de una persona procesada.

“Es errado hacer interpretaciones extensivas o el uso de la analogía en contra de una persona, porque el derecho penal lo prohíbe, salvo que favorezca a la persona procesada”, señaló.

Reynoso precisó que las sanciones relacionadas con la alteración de videos o audios con multas ilícitas para perjudicar a una persona no deben extenderse a los memes, caricaturas o parodias utilizadas como manifestaciones de la libertad de expresión y de la creación artística.

En ese sentido, sostuvo que estas actividades cuentan con protección constitucional y recomendó tomar en consideración los principios contenidos en el Código Penal y en el Código Procesal Penal para una adecuada aplicación de la normativa.

La procuradora recordó además que, conforme al artículo 169 de la Constitución, el Ministerio Público es el órgano responsable de formular la política de persecución penal, dirigir las investigaciones y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

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