SANTO DOMINGO, RD.- La Superintendencia de Bancos (SB) emitió una nueva disposición que busca fortalecer los derechos de los usuarios del sistema financiero, garantizando un proceso más ágil y transparente para la cancelación de productos y servicios.
A partir de esta normativa, contenida en la Circular CSB-Reg-202500014, las entidades de intermediación financiera deberán habilitar los mismos canales que utilizaron para la contratación, asegurando que los usuarios puedan solicitar la cancelación de sus productos de forma sencilla y sin obstáculos.
La disposición establece que el proceso de cancelación no deberá exceder los siete días hábiles. Además, las entidades estarán obligadas a entregar a los usuarios constancias físicas o digitales que certifiquen la recepción y el avance de su solicitud.
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“Si un producto nace digital, también debe poder cancelarse digitalmente”, afirmó el superintendente Fernández W., quien destacó que la circular está alineada con la creciente digitalización del sector y busca reducir la burocracia.
La normativa también exige a las entidades suspender la generación de nuevos cargos desde el momento en que se recibe la solicitud y notificar al cliente sobre cualquier balance pendiente, montos en tránsito o reclamaciones activas.
En el caso de cuentas de ahorro, se deberá facilitar el retiro de los fondos por el canal que el usuario elija.
Las entidades financieras disponen de un plazo de tres meses para implementar estas nuevas medidas. La Superintendencia advirtió que el incumplimiento de la circular será sancionado conforme a la Ley núm. 183-02, Monetaria y Financiera.







