Corte deja sin efecto revisión de coerción a Aurelio Valdez Alcántara, acusado de pedir y recibir soborno

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Santo Domingo. –La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dejó sin efecto la audiencia de revisión de la medida de coerción impuesta contra Aurelio Valdez Alcántara, fiscal procesado por presuntamente solicitar un soborno a una persona bajo investigación y recibir US$10,000 mediante una entrega controlada.

La decisión fue adoptada a solicitud del Ministerio Público, que planteó ante el tribunal que no procedía conocer la revisión en esta fecha, debido a que la medida de coerción fue recientemente ratificada por la Suprema Corte de Justicia el pasado 3 de junio.

El director general de Persecución del Ministerio Público, procurador adjunto Wilson Camacho, explicó que el tribunal acogió el planteamiento del órgano acusador, tomando en cuenta el párrafo tercero del artículo 243 del Código Procesal Penal, que establece un nuevo conteo del plazo para la revisión obligatoria cuando existe un recurso relacionado con la medida.

Camacho indicó que, conforme a ese reconteo, la próxima revisión obligatoria corresponde al 3 de septiembre, fecha fijada por el tribunal para conocer nuevamente la situación procesal del imputado.

“La revisión es obligatoria cada tres meses, pero si las partes apelan o revisan la medida de coerción, esa fecha se rueda”, explicó Camacho al salir del tribunal, al reiterar que se mantiene vigente la prisión preventiva contra Valdez Alcántara.

La jueza Nancy Joaquín fundamentó su decisión en que la medida de coerción fue ratificada el pasado 3 de junio por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, conforme fue expuesto en audiencia por el fiscal Eduardo Velázquez.

A Valdez Alcántara le fue impuesta prisión preventiva en mayo pasado por un período de tres meses, a ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, ubicado en la provincia San Cristóbal.

El Ministerio Público imputa al procesado la violación de varios artículos del Código Penal dominicano y de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

De acuerdo con el expediente, Valdez Alcántara habría exigido inicialmente a una persona bajo investigación la suma de US$200,000, monto que luego habría reducido a US$150,000. Además, según la acusación, mostró interés en un reloj marca Rolex y exigió un vehículo Mercedes Benz.

La prisión preventiva fue impuesta por la jueza Ysis Muñiz, del Juzgado de la Instrucción Especial de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, luego de rechazar varios incidentes presentados por la defensa técnica del imputado, incluida una solicitud de nulidad del proceso.

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