Andrés Bautista asegura reforma estatutaria del PRM busca modernizar y fortalecer el partido

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SANTO DOMINGO.- El ministro Administrativo de la Presidencia, Andrés Bautista, aseguró este domingo que la reforma a los estatutos del Partido Revolucionario Moderno (PRM) responde a la necesidad de fortalecer la organización política y adecuarla a las nuevas circunstancias que vive el país, al tiempo que rechazó que el proceso persiga la destitución de las actuales autoridades partidarias.

«Los partidos políticos tienen que hacer las modificaciones que las circunstancias y las condiciones demandan. La Dirección Ejecutiva analizó la situación del país y del partido y entendió que los estatutos no son algo estático. Las circunstancias políticas evolucionan, el país evoluciona y esta es una adecuación del partido al momento que vive el país y el mundo», manifestó.

Previo al inicio de la XXIII Convención Nacional Extraordinaria del PRM, Bautista destacó el ambiente de unidad que prevalece en la organización oficialista.

«El ambiente que se respira aquí habla de unidad y de fortalecimiento del partido. Todos estamos conscientes de la gran responsabilidad que tenemos de mantener la unidad del partido y del Gobierno, para seguir apoyando la gestión gubernamental», expresó.

Al ser cuestionado sobre el objetivo de la reforma estatutaria y las versiones de que podría abrir el camino para que el presidente Luis Abinader asuma la presidencia del PRM, el funcionario sostuvo que toda organización política debe actualizar sus normas conforme evolucionan las circunstancias.

Asimismo, negó que la modificación estatutaria contemple la eliminación o sustitución anticipada de las actuales autoridades del PRM.

«No, en ningún momento se habla de extinción. Lo que hacen los estatutos es establecer el período por el cual serán elegidas las autoridades en el futuro», puntualizó.

En cuanto al mecanismo para escoger las autoridades partidarias, Bautista explicó que el propio estatuto define el procedimiento.

«El partido tiene claramente establecida la modalidad de elección. La Dirección Ejecutiva somete al Comité Nacional, conforme al artículo 153, la modalidad que considere pertinente, y el Comité Nacional la aprueba o la desaprueba», indicó.

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