miércoles, mayo 27, 2026

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Cuestionan reglamento de la JCE por contradecir decisiones del Tribunal Constitucional

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SANTO DOMINGO.- Las restricciones a la publicación de encuestas políticas establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) comenzaron a generar cuestionamientos sobre la capacidad del órgano para imponer limitaciones no contempladas expresamente en la ley. El debate ha reactivado criterios del Tribunal Constitucional acerca de los límites de la potestad reglamentaria y encontró recientemente respaldo en una opinión emitida por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).

Finjus sostuvo que la discusión no se reduce a determinar si la JCE tiene facultades para regular las encuestas electorales, sino a establecer si restricciones de esta naturaleza pueden imponerse mediante reglamento cuando afectan actividades y derechos cuyo alcance debe ser definido por una ley aprobada por el Congreso Nacional. La entidad cuestionó si el reglamento posee suficiente respaldo legal para limitar la actividad comercial de las encuestadoras y prohibir la publicación de estudios fuera de los períodos de precampaña y campaña electoral.

La organización consideró que el alcance del debate es aún más amplio, al advertir que el reglamento podría afectar el acceso de la ciudadanía a informaciones relacionadas con las tendencias y preferencias electorales. A juicio de Finjus, se trata de un aspecto vinculado a la participación política permanente en una sociedad democrática y al derecho de los ciudadanos a mantenerse informados.

Finjus reconoció que la JCE posee potestad reglamentaria en asuntos de su competencia, pero recordó que esa facultad debe limitarse al desarrollo de la ley y no a sustituirla o contradecirla. En ese sentido, afirmó que cualquier reglamento que incida en el contenido esencial de derechos fundamentales o establezca restricciones no previstas en la legislación podría resultar nulo por violar el principio de supremacía constitucional.

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Los argumentos de Finjus coinciden con criterios fijados anteriormente por el Tribunal Constitucional. En la sentencia TC/0032/12, el alto tribunal sostuvo que los reglamentos tienen una función subordinada frente a la ley y que no pueden exceder su alcance ni contrariar su espíritu. Posteriormente, el TC anuló un reglamento del Consejo del Poder Judicial al considerar que el órgano había regulado mediante resolución una materia reservada a la ley, reiterando además que la potestad reglamentaria no se presume y debe estar expresamente establecida.

Uno de los aspectos más cuestionados del reglamento es la disposición que limita la publicación de encuestas electorales al período de precampaña, previsto para iniciar en julio de 2027. Los críticos entienden que esa restricción entra en conflicto con el artículo 216 de la Ley 20-23 de Régimen Electoral, el cual establece que la prohibición de difusión de encuestas solo aplica durante los ocho días previos a las votaciones. Finjus afirmó que la legislación no contempla una veda general de catorce meses y consideró que extender esa prohibición equivale a legislar por vía administrativa.

La controversia ya comenzó a producir efectos prácticos. El periodista Danny Alcántara, presidente del grupo ACD Media, anunció que mantendrá la publicación de una encuesta electoral prevista para el próximo lunes, pese a la entrada en vigencia del reglamento. Alcántara indicó que el estudio fue realizado antes de la aprobación de la resolución y adelantó que evalúa acudir a la vía constitucional al considerar que la medida es ilegal y contraria a la Constitución y a las leyes que regulan la actuación de la JCE.

Juristas y analistas también se han pronunciado sobre el tema. El abogado Olivo Rodríguez Huertas afirmó que el problema no radica en que la JCE regule las encuestas, sino en que el reglamento incorpora restricciones no previstas en la ley. De igual forma, el abogado Julio Cury sostuvo que la JCE utilizó disposiciones de la Ley 33-18 sobre Partidos Políticos, relativas a la precampaña, para aplicarlas al régimen de difusión de encuestas, generando una sobre restricción sin fundamento legal. En tanto, el sociólogo José del Castillo advirtió que el impacto del reglamento trasciende a los partidos y encuestadoras, ya que involucra derechos vinculados a los medios de comunicación, la libertad de comercio y el acceso ciudadano a la información.

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