martes, mayo 19, 2026

SU MUNDO TV

SU MUNDO FM

Experto constitucionalista afirma no es necesario la figura de “Sujeto Obligado” en los partidos

spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Santo Domingo.-El especialista en derecho constitucional John Garrido afirmó que no es necesario incorporar nuevamente la figura de “Sujeto Obligado” a los partidos políticos, como planteó recientemente el ministro de la Presidencia, José Ignacio Paliza, debido a que dicha condición ya está establecida en la legislación vigente.

Durante una entrevista en el programa Matutino Su Mundo, Garrido explicó que la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos define de forma “específica y descriptiva” quiénes son sujetos obligados, y que además la Ley de Partidos Políticos 33-18 ya asigna esa categoría a las organizaciones políticas.

“La intención es buena, pero la ley 33-18 ya le asigna esa categoría a los partidos políticos. No hay necesidad de redundar en lo que ya está”, sostuvo.

La ley ya establece responsabilidades claras

Garrido señaló que, conforme al artículo 59 de la Ley de Partidos, las organizaciones políticas están obligadas a verificar y garantizar la licitud de sus aportes, donaciones y del dinero utilizado en campañas.

“Los partidos deben detectar el origen de las donaciones. Ya la ley les ordena mitigar, detectar y prevenir cualquier actividad ilícita”, indicó.

Explicó que la figura de sujeto obligado surge de compromisos internacionales para combatir el lavado de activos, obligando a entidades financieras y no financieras a implementar controles como el conozca a su cliente y reportar operaciones sospechosas.

Crítica a la actuación de la Junta Central Electoral

El constitucionalista cuestionó el rol de la Junta Central Electoral (JCE) en el control del financiamiento político, asegurando que su actuación ha sido “muy pobre”.

“La Junta tiene poder y garras. Puede ir a los partidos, revisar sus libros, verificar el origen de los recursos. Lo que falta es voluntad, no ley”, advirtió.

Recordó que la legislación electoral asigna a la JCE la fiscalización de los topes de inversión de las candidaturas —22 pesos por elector para la presidencial— y el control de las actividades de recaudación.

Incluso resaltó que, según la normativa, la JCE puede anular candidaturas, imponer sanciones y remitir expedientes al Ministerio Público cuando existan indicios de financiamiento ilícito.

Responsabilidad compartida

Garrido insistió en que la supervisión no recae únicamente en la Junta, sino también en los propios partidos políticos, que deben contar con estructuras internas para prevenir la entrada de recursos ilícitos o personas vinculadas a actividades delictivas.

“No hay fiscalización real. Aquí hay una licencia sin regulación: todos entran y todos aportan. Los partidos tienen una responsabilidad jurídica como sujetos obligados no financieros”, afirmó.

No se necesita modificar la ley

Sobre la propuesta de Paliza, Garrido fue categórico:

“Que se aplique lo que tenemos. No hay necesidad de modificar nada. El marco jurídico ya es suficiente para prevenir el lavado y otras actividades ilícitas”.

Concluyó subrayando que la verdadera solución no es cambiar la ley, sino hacer cumplir las normas existentes para evitar que el dinero del crimen organizado penetre el sistema político y las campañas electorales.

Banner Banreservas


Suscríbete a nuestro newsletter

Recibe las últimas noticias en tu casilla de email.

ARTÍCULOS RELACIONADOS
- Anuncio -

Más popular