jueves, mayo 15, 2025

JCE dispone de varias medidas para las elecciones del 19 de mayo

SANTO DOMINGO.  – La Junta Central Electoral (JCE) informó este martes a la ciudadanía las siguientes disposiciones que establece la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral para la celebración de las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales y Congresuales del 19 de mayo de 2024.⁣

1. Carácter no laborable del día de elección⁣

El domingo 19 de mayo de 2024 no será laborable en el territorio nacional, según lo establece la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral en su artículo 229; en ese sentido, cuando se trate de trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a disponer cuanto sea necesario para que todos los empleados hábiles para votar que tengan a su servicio y dispongan del tiempo que fuere menester para hacerlo, sin que por ese motivo sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que les correspondan.⁣

2. Veda electoral⁣

A partir de las doce de la noche del jueves 16 de mayo de 2024 estará prohibido realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares.⁣

3. Prohibición del expendio de bebidas⁣

Desde veinticuatro (24) horas antes de la elección, es decir, desde las 7:00 a. m. del sábado 18 de mayo de 2024, no podrá expenderse ni distribuirse a ningún título bebidas alcohólicas, hasta doce horas después de terminada la votación, es decir, hasta las 5:00 a. m. del lunes 20 de mayo de 2024.⁣

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