Redacción. – El Tribunal Constitucional (TC) ratificó este viernes la sentencia que confirma la condena definitiva de cinco años de prisión impuesta a Nelson Rizik Delgado por el delito de lavado de activos.
Rizik fue procesado junto a su hermano Winston Rizik, quien ya cumplió una pena de 10 años. El 31 de agosto de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia validó la condena contra Nelson Rizik, retirándole la acusación de narcotráfico, pero manteniendo la pena de cinco años de prisión por facilitar operaciones de lavado de dinero vinculadas a su hermano.

Según una nota oficial, la decisión del Tribunal Constitucional valida el fallo de la Suprema Corte, que a su vez confirmó las sentencias emitidas en primera y segunda instancia. A Rizik se le impuso una pena suspendida de cinco años y una multa equivalente a 50 salarios mínimos.
La sentencia también ratifica el decomiso, en favor del Estado dominicano, de diversos bienes muebles e inmuebles, incluyendo una finca de siete mil tareas localizada en Rancho Cacique, comunidad Ana Santana, municipio Sabana Grande de Boyá.
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La resolución fue emitida mediante la Sentencia TC/1046/24, con fecha del 30 de diciembre de 2024, y notificada recientemente a la procuradora de corte Ramona Nova Cabrera, titular interina de la Procuraduría Especializada contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Ministerio Público respalda la decisión
Ramona Nova Cabrera valoró positivamente el fallo del Tribunal Constitucional, destacando que fortalece la labor del Ministerio Público en su lucha contra el crimen organizado. Señaló que esta decisión es coherente con las sanciones que deben imponerse a conductas que, afirmó, “resultan totalmente reprochables en la sociedad dominicana”.
La sentencia confirma la violación por parte de Rizik de varios artículos de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y otras actividades ilícitas.
Los tribunales anteriores concluyeron, con base en las pruebas del Ministerio Público, que Nelson Rizik colaboró en ocultar los bienes de su hermano coimputado, figurando como propietario y administrador de varios activos, firmando documentos, recibiendo dinero, y representándolo ante terceros para encubrir la procedencia ilícita de dichos bienes.
Una jueza emitió voto disidente
La magistrada Alba Luisa Beard Marcos expresó su desacuerdo con la decisión mayoritaria del tribunal, argumentando que hubo una incorrecta interpretación del concepto de “plazo razonable”. En su voto disidente, consideró que el TC debió acoger el recurso de revisión presentado por Rizik y anular la sentencia de la Suprema Corte.







